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Anti-bullying/Anti-novatadas Policy

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Definiciones y política

 

Agresores un estudiante que participa en intimidación, intimidación cibernética o represalias.

 

Acoso, como se define en MGL c. 71, § 37O, es el uso repetido por parte de uno o más estudiantes de una expresión escrita, verbal o electrónica o un acto o gesto físico o cualquier combinación de los mismos, dirigido a un objetivo que: cause daño físico o emocional al objetivo o daño a la propiedad del objetivo; hace que el objetivo tenga un temor razonable de daño a sí mismo o a su propiedad; crea un ambiente hostil en la escuela para el objetivo; infringe los derechos del objetivo en la escuela; o material y sustancialmente interrumpe el proceso educativo o el funcionamiento ordenado de una escuela.

 

Ciberacosoes intimidación mediante el uso de tecnología o dispositivos electrónicos como teléfonos, teléfonos celulares, computadoras e Internet. Incluye, entre otros, correo electrónico, mensajes instantáneos, mensajes de texto y publicaciones en Internet. Ver MGL c. 71, § 37O para la definición legal de ciberacoso.

 

Novatadaes el término utilizado en esta sección para referirse a cualquier conducta o método de iniciación en cualquier organización estudiantil, ya sea en propiedad pública o privada, que intencional o imprudentemente ponga en peligro la salud física o mental de cualquier estudiante u otra persona. CCLCS cumple con MGL 269, 17-19. Puede encontrar una copia de esta sección de las Leyes Generales de la Misa en el sitio web de nuestra escuela bajo Responsabilidad del Estado.

 

Ambiente hostil, como se define en MGL c. 71, § 37O, es una situación en la que la intimidación hace que el ambiente escolar se llene de intimidación, ridículo o insulto que es lo suficientemente grave o generalizado para alterar las condiciones de educación de un estudiante.

 

Represaliases cualquier forma de intimidación, represalia o acoso dirigido contra un estudiante que denuncia el acoso, brinda información durante una investigación del acoso o es testigo o tiene información confiable sobre el acoso.

 

Personal incluye, pero no se limita a, educadores, administradores, consejeros, enfermeras escolares, trabajadores de la cafetería, conserjes, conductores de autobuses, entrenadores deportivos, asesores de actividades extracurriculares, personal de apoyo o paraprofesionales.

 

Objetivoes un estudiante contra quien se ha perpetrado intimidación, intimidación cibernética o represalias.

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El acoso, la intimidación o el acoso pueden adoptar muchas formas, entre ellas: calumnias, rumores, bromas, insinuaciones, comentarios degradantes, dibujos animados, bromas, gestos, agresiones físicas, amenazas, exclusión social o aislamiento u otros actos escritos transmitidos electrónicamente (por correo electrónico, publicaciones en sitios web, blogs o teléfonos celulares), acciones orales o físicas.

 

Dado que el apoyo de los espectadores al acoso o la intimidación ("incitar") puede reforzar estos comportamientos, CCLCS prohíbe el apoyo activo y pasivo para actos de acoso o intimidación. Se alienta a los estudiantes a resistir la participación activa o pasiva en estos actos cuando los ven, intentar detenerlos de manera constructiva y reportarlos a un maestro o miembro del personal.

 

El asesoramiento, la disciplina correctiva y/o la remisión a la policía se utilizarán para cambiar el comportamiento de un estudiante que viole esta política y para remediar el impacto en la víctima. Esto incluye la(s) intervención(es) adecuada(s), la restauración de un clima seguro y acogedor, y el apoyo a las víctimas y otras personas afectadas por la violación. Los informes falsos o las represalias por acoso, intimidación o acoso también constituyen violaciones de esta política.

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